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Ley de portabilidad financiera

Actualizado: 18 nov 2020

Libertad para personas naturales, micro y pequeñas empresas.



En agosto del año pasado, fue presentado el proyecto de ley sobre portabilidad financiera, el cual fue aprobado por la cámara de diputados en mayo de este año.


El foco está en la innovación y libertad, palabra que parece ser tan poco escuchada en tiempos de pandemia. Ahora bien ¿libertad en qué sentido? Libertad para que las personas naturales, micro y pequeñas empresas (para quien se otorga este beneficio) puedan elegir el mejor panorama financiero.


Este proyecto es innovador, ya que, evita que el refinanciamiento sea lento y costoso. Por ejemplo se ha identificado que los costos del refinanciamiento bordean los $700.000 pesos chilenos, e involucran un plazo de más de dos meses. Debido a esto, la creación de un proceso de portabilidad financiera resulta crucial para apoyar a los hogares y potenciar el desarrollo y crecimiento de micro y pequeñas empresas.


El uso de productos o servicios financieros es parte importante de la vida de los chilenos. Frente a esto, surge la iniciativa de esta ley, donde el objetivo es promover la portabilidad, facilitando el cambio de instituciones financieras de manera rápida y menos costosa, llevándose todos los productos financieros, tales como; cuentas corrientes, créditos hipotecarios, créditos de consumos entre otros. Permitiendo que las personas accedan con mejores condiciones a los servicios y productos que buscan.


Si bien el nombre podría sonar complejo, en la práctica no lo es. Uno de los ejes de este proyecto es que el refinanciamiento sea fácil. ¿cómo se hace?


A modo de ejemplo: una persona tiene un crédito hipotecario en un banco “A”, después de cierto tiempo se da cuenta que el banco “B”, ofrece un crédito hipotecario con mejores tasas. El cliente inicia el trámite a través de una solicitud de portabilidad financiera a uno o varios proveedores.


Verificada la solicitud, el nuevo proveedor, solicita al proveedor original el certificado de

liquidación, que contiene toda la información relevante sobre los productos y servicios financieros que el cliente ha contratado con el proveedor inicial.


Realizado lo anterior, el nuevo proveedor realiza una oferta de portabilidad al cliente, la que,

aceptada por este de manera escrita, da paso a un mandato de término para la nueva institución. Esto implica que el nuevo proveedor actúa a nombre y en representación del cliente, solicitando al proveedor inicial el término o cierre de los productos y servicios financieros especificados en la oferta de portabilidad junto con el pago total de los productos financieros dentro de un plazo de 6 días bancarios.


Sin duda el proyecto de ley de portabilidad financiera, será un beneficio, para personas naturales, micro y pequeñas empresas, no solo por otorgar mayor libertad al cliente, sino también porque reducirá costos, tiempo y aumentará la competencia en el mercado.


Rosario Tejos Romero.

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