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Medidas tributarias actuales PRO PYME

Actualizado: 18 nov 2020

En momentos de dificultad económica, como los que atraviesa Chile y el mundo es difícil “ver el vaso medio lleno”, pero si nos detenemos a evaluar las distintas medidas que ha tomado el gobierno, podemos captar diversas situaciones de “oportunidad” para emprender y que al mismo tiempo facilitan el trabajo a las PYME.



Un ejemplo de éstas son; las medidas tributarias de apoyo a Pymes e independientes que marcan la Cuenta Pública del SII.


La emergencia mundial resultante del COVID-19, obligó al SII a implementar medidas para beneficiar a los contribuyentes, inicialmente con la devolución anticipada de la renta; la suspensión de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) del impuesto a la Renta para empresa; la postergación del pago del impuesto a la Renta hasta julio; la Postergación del pago del IVA en 6 o 12 cuotas mensuales a tasa de interés real cero; la postergación del pago de contribuciones de Abril; y, la devolución excepcional de las retenciones de impuesto de enero y febrero, entre otras.


Destaca también dentro de las medidas tributarias PRO PYME, los nuevos regímenes tributarios; General semi integrado (Art. 14 letra A), Pro Pyme General(Artículo 14 Letra D, Nº 3 LIR) y Pro Pyme Transparente( Art. 14 letra D, Nº8 LIR), para los cuales el plazo para optar a éstos se ha prorrogado hasta el 31 de Julio de 2020, en el caso de que los contribuyentes necesiten cambiar su régimen tributario y cumplan con los requisitos.

En esta instancia nos centraremos en el régimen Pro Pyme Transparente, el cual es el régimen más utilizado por los nuevos emprendimientos y sus beneficios son:

  • La empresa no paga impuesto en sí, es decir, se libera del impuesto de primera categoría y los socios o accionistas pagan en su impuesto global complementario en base al porcentaje de participación en las utilidades o el capital según corresponda.

  • Sus resultados se establecen según contabilidad simplificada (debe llevar un libro de caja), también existe la opción de contabilidad completa.

  • No se deben llevar inventarios, ni balances ni registros empresariales.

  • Sus existencias o insumos existentes al término del año se reconocen como gasto.

En conclusión, estas medidas han logrado alivianar la carga y el trabajo de las PYMES, para incentivar su desarrollo y funcionamiento, sobre todo en estos tiempos de incertidumbre.


Nicolás De La Fuente Hurtado

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